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SEGMENTACIÓN DE TARIFAS

Todo lo que hay que saber sobre el trámite para la segmentación de tarifas

La inscripción de cara a la segmentación de las tarifas de los servicios públicos de distribución de gas y energía eléctrica, que regirá desde el 1° de agosto, deben realizarla todas las personas "que creen que pueden recibir el subsidio". Aquí todos los detalles

A partir del 1 de agosto comenzarán a regir las tarifas de acuerdo con las tres franjas fijadas por el decreto dictado hace un mes. Tienen que ingresar absolutamente todos los que creen que pueden recibir el subsidio, ya sea porque tiene tarifa social o porque está en la franja de ingresos medios.

Son datos muy sencillos de llenar y van a cruzarse con los que están en poder del Estado; una vez que estén cruzados, se van a empezar a cobrar las tarifas plenas y con los diferentes subsidios según la franja que pertenezcan.

Quienes tengan alguna complicación para completar el trámite, podrán hacerlo en el Centro Cívico de la ciudad o en oficinas de ANSES.


Niveles de usuarios


El decreto 332/2022 fue publicado el 16 de junio pasado en un suplemento extraordinario del Boletín Oficial y, con esa medida se estableció "un régimen de segmentación de subsidios a usuarios y usuarias residenciales de los servicios públicos de energía eléctrica y gas natural por red, con el objeto de lograr valores de la energía razonables y susceptibles de ser aplicados con criterios de justicia y equidad distributiva".

Nivel 1
El artículo 2 de la norma estableció que el nivel 1 estará integrado por los usuarios de mayores ingresos "que tendrán a su cargo el costo pleno del componente energía del respectivo servicio", con ingresos mensuales netos superiores a 3,5 Canastas Básicas Totales (CBT), que a valores de mayo representan $ 348.868,97.

Otras de las condiciones para revestir en este grupo son la de ser titular de 3 o más automóviles con antigüedad menor a cinco años, tres o más inmuebles, una o más aeronaves o embarcaciones de lujo o "ser titulares de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena".

Nivel 2
El nivel 2, de menores ingresos, tomará como referencia ingresos netos menores a 1 CBT ($99.676,85), contar con certificado de vivienda del Renabap, vivir en un domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario, que un integrante del grupo familiar posea una pensión vitalicia de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur o posea un certificado de discapacidad.

En este caso, el aumento en todo 2022 no será superior al 40% de la variación salarial del año pasado (53,4%), que resulta equivalente al 21,36%.

Nivel 3
El nivel 3 será integrado por clientes de ingresos medios o del nivel 2 si los propietarios en su conjunto cuentan con dos o más inmuebles o un vehículo de hasta tres años de antigüedad, excepto si un conviviente cuenta con un certificado de discapacidad.

Para este nivel, el incremento será del 80% de la variación salarial de 2021, equivalente al 42,72%.

Aquellos interesados en completar el formulario para acceder a los subsidios podrán hacerlo ingresando al sitio www.argentina.gob.ar o a través de la aplicación Mi Argentina, ingresando por la solapa de "trámites".

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